FEMICIDIO, LEY 20.048 VICTIMAS LAS MUJERES. ABOGADO SANTIAGO CHILE Envíenos un mail
   
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LEY DE FEMICIDIO, 20.048 VICTIMAS LAS MUJERES.
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Este lunes 13 de diciembre, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgó la Ley de Femicidio (Ley 20.480), junto a la ministra Directora del Servicio Nacional de la Mujer, Carolina Schmidt. Esta nueva normativa modifica el Código Penal y la ley de Violencia Intrafamiliar, sancionando el femicidio, aumentando las penas aplicables a este delito y modificando las normas sobre parricidio.

El concepto  “femicidio” puede sintetizarse como la muerte violenta de una mujer por el abuso del poder de género y que se produce en el seno de una relación de pareja, actual o pasada. En nuestro país el número de estos delitos ha aumentado en los últimos años (una mujer muere a la semana como víctima de este tipo de ataques y en 2010 ya se registran 48).
Por esta razón, se ha incluido un tipo específico en el marco jurídico-penal para sancionar estos crímenes que además responde:

  1. A un mandato Constitucional, representado en el deber del Estado de propender al fortalecimiento de la familia, el derecho a la vida, la integridad física y moral, y el derecho a no sufrir torturas ni tratos inhumanos o degradantes.
  2. A un compromiso previamente adquirido por Chile, tras la ratificación de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.

Inclusión de ex cónyuges y ex convivientes como parricidas
Esta medida extiende las penas del parricidio, que son más fuertes que las de un homicidio común, al asesinato de una mujer a manos de su ex marido o de su ex conviviente, de forma tal de que cuando ocurran estos hechos, las penas sean equivalentes a las del parricidio, que van desde los 15 años y un día, a la prisión perpetua calificada.

El femicidio de un ex cónyuge, al igual que el parricidio, suele absorber una o más de las circunstancias o elementos especiales previstos para el homicidio calificado (art. 391 Nº 2), sea en el contexto de un ataque pasional (alevoso) o bien a consecuencia de un ataque  premeditado. En consecuencia, la penalidad debe ser mayor que aquella consagrada para el homicidio simple, ya que en este caso – al igual que en el parricidio – la condición de la víctima, así como la existencia de una relación afectiva en el pasado, de la que pueden o no existir hijos, es el móvil principal de la agresión. Éste es justamente el fundamento de la mayor penalidad y que se equipare a los casos en que el vínculo subsiste.

La experiencia indica que los casos de violencia intrafamiliar hacia un ex cónyuge son frecuentemente precedidos de otros episodios violentos, como amenazas o lesiones. De hecho, en Chile una mujer se demora en promedio 7 años en hacer una denuncia de VIF y el 73% de las mujeres muertas por femicidio no registraban denuncias previas.

Modificaciones a la tipificación de los delitos sexuales
La nueva ley también modifica la tipificación de los delitos sexuales, facilitando su investigación. Especialmente beneficia las indagaciones sobre los casos de violación conyugal, puesto que elimina la necesidad de que la víctima haya opuesto resistencia y solamente requiere que la víctima haya expresado su oposición. También se autoriza a prescindir de la autorización del padre o madre que ha sido condenado por delitos sexuales, cuando se quiere sacar a los hijos del país.  Otra medida es que se agravan las penas por delitos sexuales, cuando éstos son cometidos por dos o más personas.
Medidas cautelares

Otro punto importante que abarca esta ley es que se autoriza y encarga al Tribunal de Familia la adopción de todas las medidas cautelares necesarias para proteger con eficacia a las víctimas de la violencia intrafamiliar, aún antes de que el caso sea remitido al Ministerio Público, eliminando así uno de los períodos más riesgosos para las víctimas de violencia intrafamiliar.
Se duplica así el periodo de duración de las medidas accesorias a la sentencia para agresores en causas de violencia intrafamiliar,  ampliándose éstas hasta  dos años.  Ejemplos: prohibición de acercarse a la víctima, obligación de asistir a terapia,  etc.

Con esto se busca evitar las situaciones en que las mujeres maltratadas ya hayan alertado del peligro en que vivían, pero el sistema público no tuvo las herramientas para protegerlas, lo que fnalmente culmina en femicidios.
Se incluye también como situación de riesgo para una mujer la negativa violenta  de aceptar el término de una relación de pareja.

 

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